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PUBLICIDAD DE LOS JUEGOS Y APUESTAS

  • Foto del escritor: Equipo de Prevención
    Equipo de Prevención
  • 25 nov 2020
  • 1 Min. de lectura
El #BOE ha publicado el pasado 3 de noviembre, el #RealDecreto 958/2020, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

A partir de ese día siguiente está prohibido realizar contratos de publicidad de juegos de apuestas en radio, televisión, internet y patrocinios deportivos. el día 3 se aprobó en Consejo de Ministros la nueva regulación que desde el Ministerio de Consumo se ha elaborado para proteger a las familias:

En televisión y radio, la publicidad de apuestas sólo se permitirá en la franja horaria de 1am a 5am, y aún así esos mensajes estarán regulados para evitar que promuevan consumo compulsivo. En el resto de horarios, prohibición total


Estará prohibida toda la publicidad que se visualice en internet, desde páginas webs hasta redes sociales, incluyendo prensa online

Estará prohibido el patrocinio de empresas de apuestas en instalaciones deportivas, nombres de equipos o clubes y por supuesto en las camisetas. El fútbol, por ejemplo, quedará libre de esta publicidad y l@s espectadores no la veremos más

Entre otras muchas medidas más, se incluye la prohibición de bonos de captación por parte de operadores de juego. Esto es, el “dinero” de bienvenida para atraer a clientes y conseguir que se “queden”

En definitiva, un régimen estricto para proteger a las familias trabajadoras y ya se encuentra en vigor. Desde el día 3 de noviembre no se pueden realizar nuevos contratos de publicidad de juegos de apuestas, los contratos existentes tendrán que extinguirse antes de terminar esta temporada

Te facilitamos el acceso directo al BOE, para que puedas consultar y/o descargar toda la información:


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